viernes, 14 de marzo de 2008

Algunos aspectos fiscales de las pymes argentinas

DIARIO EL CRONISTA 14.03.08

Es un concepto generalizado que las pymes son consideradas un motor muy importante en las economías de todos los países y en especial de aquellos denominados “emergentes”. Es por ello que los sistemas tributarios de gran parte de los países del mundo adoptan mecanismos de incentivo y apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas, haciendo diferenciaciones en algunos casos entre las medianas y aquellos agrupamientos más pequeños denominados “micro emprendimientos”.En nuestro país existe un sistema estructurado sobre varias vertientes de imposición, combinando ciertas rentas en relación a los consumos con diversos impuestos directos e indirectos, especialmente en el esquema federal de distribución de las potestades tributarias. Bajo este análisis, consideramos que nuestro sistema tributario apunta más a ser considerado como “racional” que “histórico”, pese a los desvíos que se aprecian, en función principalmente de las desesperadas necesidades del Tesoro. Estas necesidades se han traducido en alteraciones en la distribución de los recursos por el régimen de coparticipación. Así, se han desafectado fondos que debían ser distribuidos para la financiación de algún sector específico del sistema estatal o para la atención de la deuda externa. Es por esto que aquella premisa que establece que por su grado de importancia en las economías, los sistemas tributarios deberían propender al incentivo de las pymes, en nuestro sistema tributario actual prácticamente no se cumple.En el orden nacional, para contemplar la operatoria de emprendimientos individuales o de sociedades de hecho, está en vigencia el denominado Monotributo, que contempla para los allí incluidos la tributación conjunta de impuesto a las ganancias, impuesto al valor agregado y seguridad social. Si bien este régimen resulta de fácil recaudación para el fisco, el hecho de no realizarse un control sobre los ingresos, motiva problemas de competitividad con empresas de volúmenes bajos de facturación que, al estar organizadas como sociedades de personas según la ley de sociedades comerciales, no pueden acceder a este régimen.A nuestro entender, en el ámbito del impuesto a la renta el golpe de gracia a las pymes organizadas bajo la forma de sociedades de personal, fue el cambio de tratamiento de sus resultados, ya que hasta ese momento se le aplicaba al resultado asignado a cada socio, la tasa que surgía de la tabla progresiva para personas físicas, y pasó a aplicarse sobre el total del resultado la tasa proporcional aplicable a las sociedades de capital. Es decir que en la actualidad, tanto las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones, tributan por su resultado impositivo la tasa proporcional del 35%. Esto se diferencia de lo que sucede con las sociedades de hecho o sociedades civiles, en las cuales el resultado impositivo se distribuye entre los socios de acuerdo a su participación y éste lo incorpora a su declaración jurada personal aplicándole la tasa que le corresponda según la tabla progresiva que se utiliza para las personas físicas. Debemos recordar que el último tramo de la escala para una renta mayor a $120.000 -establece un impuesto fijo de $28.500- y el 35% sobre el excedente, con lo cual la tasa efectiva nunca alcanza el 35%.También existen en el sistema tributario otros diversos aspectos que atentan con la posibilidad de incentivar a este sector de la economía. Entre ellos podemos mencionar: a) La proliferación de los regímenes de retención y percepción; b) La acumulación de saldos a favor calificados como de “libre disponibilidad”; c) Proliferación de sanciones por meros hechos formales; d) La cada vez mayor traslación de las actividades que debería realizar el fisco en cabeza de los contribuyentes; e) La gran cantidad de requisitos a reunir para incorporarse a un régimen de beneficio fiscal; etc.Como en el orden internacional, localmente prestigiosas instituciones profesionales se han ocupado de la problemática fiscal del sector pymes, como el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas, quienes en sus Congresos y Jornadas, han arribado a conclusiones y recomendaciones sobre el tema. Mencionamos algunas: a)Con relación al impuesto sobre los beneficios empresariales se deben otorgar concesiones tributarias que remuevan los obstáculos de orden impositivo que inciden sobre el uso del capital; b) Estos beneficios deberían comprender dispensas de impuestos en los primeros años de constitución de las sociedades, deducción de intereses sobre el capital propio, créditos sobre adquisición de nueva tecnología, desgravación por utilidades no distribuidas, disponer amortizaciones aceleradas, etc.; c) En el impuesto al valor agregado, la adopción del método de lo percibido; d) Reformular la imposición provincial y municipal en todo lo que alcance a las pymes, disponiendo exenciones en los periodos iniciales y reducción de alícuotas en los posteriores; e) Evitar que los distintos niveles de gobierno ejerzan una presión tributaria empresarial, que ponga en peligro la propia subsistencia de las empresas; f) En materia de impuesto a las ganancias personalizar el gravamen para todas las sociedades de personas; g) Reducir en forma inmediata hasta su eliminación el impuesto sobre las transacciones financieras y, mientras tanto, admitir su cómputo como pago a cuenta; h) Atender a la reducción del costo de administración que recae sobre los contribuyentes por sus obligaciones formales y sustanciales, en su intervención como agentes de retención o percepción, en materia de información y registración; i) Simplificación de las registraciones contables.Teniendo en consideración la importancia que a las pymes se les reconoce internacionalmente y aceptando que el sistema tributario es una herramienta útil para propender al crecimiento de este sector de la economía, es que se hace necesario promover la alineación de nuestro sistema tributario a la consecución de este objetivo.

3 comentarios:

Jimena Desancio dijo...

Como da a entender la noticia creo que se debe incentivar a las pequeñas y medianas empresas a través de politicas fiscales beneficiosas para este sector tan importante de nuestra economia nacional.

Jimena Desancio dijo...

Las pequeñas y medianas empresas se enfrentan, en la actualidad, con requisitos formales y altas tasas de impuestos que conllevan a actuar desvirtuando el regimen fiscal argentino. Es por ello que se deberian evaluar tales requerimientos para que las Pymes puedan afrontarlos con menor dificultad y asi intervenir en la economia de nuestro pais, contribuyendo en su crecimiento.

Magalí Claramut dijo...

Tal como lo explica esta nota, el incentivo económico a las Pymes debiera de ser un objetivo importante para nuestro Gobierno, es sabido sin embargo, que las políticas tienden a favorecer a las grandes empresas y a fomentar la inversión extranjera dejando prácticamente olvidado a este sector; sería bueno que tuvieran en cuenta este concepto de que "las Pymes son consideradas un motor muy importante en las economías de todos los países y en especial de aquellos denominados emergentes", tal como lo dice el texto, además de todo lo que dedican a los grandes productores pero sin desproteger las Pymes que suelen encontrarse en un terreno mucho más difícil pues, es obvio que no tienen oportunidad alguna de competir contra las grandes empresas multinacionales a las que tanto dirige su atención nuestra política económica.